top of page
Buscar
  • Foto del escritorvirginiachaquiriand

Qué tengo que hacer para poder acceder a los derechos que otorga la ley de reproducción en Uruguay?

Actualizado: 4 dic 2023

Quiero hacer tratamiento de esterilidad y no sé si la ley me contempla, cómo saber a quienes comprende?



Ley de reproducción humana asistida en Uruguay

La Ley de reproducción humana asistida en Uruguay contempla a las parejas con esterilidad, reconociendo a ésta como una enfermedad, y por tanto hay que cubrir sus estudios diagnósticos y su tratamiento. También comprende a las mujeres solas o mujeres en pareja homosexual. Si bien la ley autoriza a realizar los tratamientos hasta los 60 años de cualquiera de los dos integrantes de la pareja, la cobertura por el sistema de salud está limitada a los 40 años de la mujer.



Este es un factor muy importante a tener en cuenta, porque muchas instituciones, una vez que la paciente cumple 40, ya no brindan más cobertura, ni para estudios diagnósticos, ni para tratamientos de baja complejidad.


Caso de los tratamientos de alta complejidad (FIV)

En el caso de los tratamientos de alta complejidad (FIV), que es subvencionado por el Fondo Nacional de Recursos (FNR), lo que se estableció luego de modificar el decreto reglamentario, fue que las pacientes que hubieran realizado la solicitud antes de los 40, tendrán derecho a los tres intentos, independiente que cumplan 40 luego de que la misma haya ingresado.

Otro elemento importante que destaca la ley es que quienes soliciten el tratamiento tienen que tener chances razonables de éxito.

En la visita inicial, se realiza la historia clínica, si es posible el examen físico, y en función de ello se realizan los estudios paraclínicos necesarios. En las pautas establecidas por la normativa, se estipula el mínimo necesario para la evaluación y luego de ello se establece la estrategia a seguir.

En principio la normativa y la ley establecen el financiamiento de tres intentos de relaciones programadas, tres intentos de inseminación artificial, y tres intentos de fecundación in vitro (el intento de fecundación in vitro es cuando hubo estimulación, se desencadena la ovulación, luego en general la punción folicular); en caso de tener embriones suficientes, cada intento de FIV tendría hasta tres intentos de transferencia embrionaria.

Un detalle muy importante que los pacientes tienen que tener en cuenta es que los intentos tienen costo, salvo los de baja complejidad en ASSE. Existen copagos, establecidos por la ley, que en baja complejidad se le pagan a la mutualista y en la alta complejidad al FNR.

Si bien para muchos el hecho que tenga costo implica una dificultad, sin duda, la llegada de la ley, ha permitido el acceso al diagnóstico, estudios y tratamientos a muchísimas parejas, que de otro modo, no habrían podido avanzar. Y hoy tenemos muchos niños nacidos y familias que han crecido gracias a ella.


159 visualizaciones3 comentarios

Entradas recientes

Ver todo
bottom of page